Política Conozca a Su Cliente

1. La Política Conozca a su Cliente (referida de ahora en adelante como KYC, por sus siglas en inglés) es una parte integral del Acuerdo con el Cliente.
2. La política de HERMES INVESTMENT establece los principios generales de identificación del cliente (para personas naturales) o sus representantes (para personas jurídicas). La Política de KYC se aplica para ambos antes que la compañía comience a prestar sus servicios al cliente y durante el proceso en que presta sus servicios.
3. La Política de KYC está dirigida a establecer criterios para que el corredor realice la identificación del Cliente (para personas naturales) o sus representantes (para personas jurídicas) ambas antes que la Compañía comience a prestar sus servicios al cliente y durante el proceso en que presta sus servicios. El principal objetivo es evitar ofrecer servicios a personas involucradas en el lavado de dinero ilegal o financiamiento del terrorismo lo que llevan al corredor o a sus agentes y compañeros a riesgos por la reputación, financieros o legales.
4. La Política de KYC está diseñada de conformidad con las normas de legislación internacional para prevenir actividades criminales, lavado de dinero ilegal y financiamiento para el terrorismo. La Política de KYC establece los estándares mínimos que el corredor debe cumplir de acuerdo con los reglamentos internacionales.
5. De acuerdo con la Política de KYC, el corredor no solo procura conseguir las pruebas de identidad clientes en funciones y/o potenciales y la naturaleza legal de sus planes y metas, pero también busca pruebas de que su actividad es legal y no interfiere con los reglamentos internacionales batallando el contra el lavado de dinero ilegal o el financiamiento del terrorismo.
6. Las personas que deseen convertirse en clientes de un corredor al momento de la verificación en la Sala de Negocios deben presentar:

PARA PERSONAS NATURALES:
• Copia de su documento de identificación principal con foto y dirección de registro (emitida por el gobierno de la jurisdicción de la persona).
• Documentación adicional confirmando la dirección de registro del Cliente (extracto bancario, facturas de servicios o alguna otra factura de servicio preparada a nombre del cliente al menos 3 meses antes del registro en la Sala de Negocios).
PARA PERSONAS JURÍDICAS:
• Copia de Certificado de Registro en alta resolución
• Copia del estatuto
• Confirmación de la autoridad del director o del representante
• Documento estableciendo la dirección oficial registrada de la compañía
• Copias de documentos de identificación de todos los directores y accionistas
Todos los documentos necesarios deben ser cargados a través de la Sala de Negocios.
7. El corredor no abre cuentas para clientes anónimos. El corredor está autorizado para bloquear/detener todas las transacciones de negocios en cuentas/denegar transferencias de fondos en caso de que:
• El cliente provea documentos de identidad falsos.
• Obtiene información de que el cliente (para personas jurídicas información relativa a los dueños, directores y/o representantes legales) se encuentra involucrado con actividades extremistas o actividades relacionadas el lavado de dinero ilegal.
8. El corredor verifica las operaciones del Cliente en forma regular con el fin de identificar a tiempo operaciones visibles, así como también operaciones sujetas a control obligatorio.
9. En cualquier momento durante el suministro del servicio, HERMES INVESTMENT está a su discreción autorizada para exigir que el cliente facilite cualquier documentación para restaurar el funcionamiento de la cuenta o confirmar cualesquiera otras acciones (u operaciones) ambas finalizadas y aquellas que están por llevarse a cabo. Al mismo tiempo, HERMES INVESTMENT se reserva el derecho exclusivo de denegar unilateralmente la solicitud del cliente y/o dejar de proveer sus servicios adicionales especificar más detalles.

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